Para la aplicación de
NIIF para Pymes hay un cronograma y un proyecto de implementación. La
recomendación es no esperar y se debe iniciar con NIIF Plenas. Los
administradores son los responsables de este proyecto que afectará los Estados
Financieros, la Gerencia o la Junta Directiva.
Aunque no lo exijan todavía, es algo natural y obvio
que debe hacerse. No se debería necesitar ninguna norma que lo establezca, y
recuerde que en cualquier momento la Superintendencia va a pedir esta tarea,
bien sea de Sociedades, Superintendencia Financiera o la Superintendencia de
Economía Solidaria. Por lo tanto, empiecen a hacerlo de una vez, con los
formatos que ya se presentaron el año anterior, los cuales pueden encontrar en
la Superintendencia de Sociedades.
Hay que recordar que para
la aplicación de las NIIF para Pymes debe hacerse un cronograma y se debe
aprobar el proyecto de implementación. Las Superintendencias emitieron cartas
circulares relacionadas con el Grupo 1 y exigieron unos cronogramas. Sin
embargo, la recomendación es no esperar. Si ya se debe iniciar con NIIF Plenas,
lo correcto es hacerlo.
Los administradores son
los responsables de este proyecto que afectará los Estados Financieros, la
Gerencia o la Junta Directiva, quienes tendrán que aprobar el proyecto de
implementación. En caso de ser Junta Directiva deberá registrase en un acta y
dicho proyecto de implementación, posteriormente deberá ser aprobado por la
Asamblea General de Accionistas.
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