Según el artículo 499 del ET y que el Uvt para el 2012 equivale a $26.049, las personas naturales que pueden pertenecer al régimen simplificado serán las que cumplan los siguientes requisitos:
- Qué los ingresos provenientes de las actividades gravadas desarrolladas por la Persona Natural durante el 2011 hayan sido inferiores a 4.000 Uvt ($100.528.000).
- No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
- Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
- No ser usuario aduanero.
- Que en el 2011 no haya celebrados contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor individual superior a 3.300 Uvt ($82.936.000).
- Que en el 2012 no celebre contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor individual superior a 3.300 Uvt, esto es $85,962.000.
- Que en el 2011 el monto total de sus consignaciones bancarias no haya superado los 4.500 Uvt, es decir $113.094.000.
- Que en el 2012 el monto total de sus consignaciones no supere el monto de 4.500 Uvt, esto es la suma de $117.221.000.
Quien en el 2012 pretenda firmar un contrato cuyo
valor individual sea superior a $85.962.000 debe previamente inscribirse en el
REGIMEN COMUN.
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