La Superintendencia Financiera de Colombia ha
expedido la Resolución 2336 de Diciembre 28 de 2011, en la cual
se establece la tasa de Interés Bancario Corriente que regirá a partir
del 1 de Enero hasta el 31 de Marzo de 2012, fijándola en el 19,92% E.A.
Por lo tanto, la tasa de interés
moratorio para efectos tributarios que regirá durante el primer
trimestre del año 2012, quedó fijada en 29.88%. (Interés Bancario Corriente incrementado en un 50%)
La tasa tendrá vigencia entre este 1 de Enero y el 31 de Marzo de 2012.
El nuevo interés se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-. También regirá en materia de devoluciones, según lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario.
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