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Tasa de interés por mora tributaria primer trimestre 2012.


La Superintendencia Financiera de Colombia ha expedido la Resolución 2336 de Diciembre 28 de 2011, en la cual se establece la tasa de Interés Bancario Corriente que regirá a partir del 1 de Enero hasta el 31 de Marzo de 2012, fijándola en el 19,92% E.A.
Por lo tanto,  la tasa de interés moratorio para efectos tributarios que regirá durante el primer trimestre del año 2012, quedó fijada en 29.88%. (Interés Bancario Corriente incrementado en un 50%)

La tasa tendrá vigencia entre este 1 de Enero y el 31 de Marzo de 2012.

El nuevo interés se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-.  También regirá en materia de devoluciones, según lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario.


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