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NORMATIVIDAD ARRENDAMIENTOS VIVIENDA

Ley 820 de 2003, conocida también como Ley de Arrendamiento de Vivienda Urbana, indica que la fecha en que se celebró el contrato, determina si el aumento será según la Inflación del año anterior, o por el contrario será la Inflación proyectada para el año que inicia.

“ Cada 12 meses de ejecución del contrato bajo un mismo precio, el arrendador podrá incrementar el canon hasta en una proporción que no sea superior al 100% del incremento que haya tenido el índice de precios al consumidor en el año calendario inmediatamente anterior a aquélen que deba efectuarse el reajuste del canon…”

Art. 42 Régimen Aplicable a los Contratos en Ejecución. Los contratos que se encuentren en ejecución con anterioridad a la vigencia de la presente ley (10 de julio del 2003), se regirán por las disposiciones sustanciales vigentes al momento de su celebración.”.

Incremento Nuevos contratos << Despues del 10/Jul/2003>>         3.73% para el año 2012

Incremento Contratos anteriores  << Antes del 10/Jul/2003>>        3% para el año 2012

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