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RETE ICA 2011 - NEIVA HUILA

Retención al Impuesto de Industria y Comercio – RETEICA

La Alcaldía de Neiva, a través de la Secretaría de Hacienda Municipal informa que según Resolución No.1912 del 14 de diciembre de 2010, la base mínima a partir de la cual se aplica retención será la siguiente:

Compra de Bienes: Igual o superior a $754.000
Prestación de Servicios: Igual o superior a $126.000

Tarifa: 5 x mil, 0.5%

Los plazos para declarar y pagar quedan estipulados así:

BIMESTRE                                  PLAZO      
Noviembre – Diciembre /10      17 Enero/11      
Enero – Febrero/11                15 Marzo/11      
Marzo – Abril/ 11                    16 Mayo/11      
Mayo – Junio/11                     15 Julio/11      
Julio – Agosto/11                 15 Septiembre/11      
Septiembre – Octubre/11     15 Noviembre/11      
Noviembre – Diciembre/11       16 Enero/12   

Plazo Especial para el Sector Financiero: Hasta el último día hábil del mes siguiente al periodo gravable.

Plazo Presentación en Medios Magnéticos: 11 de mayo de 2011.

Presentación y Pago Extemporáneo: Después de los plazos máximos indicados para cada impuesto, se causarán intereses por cada día de mora en el pago a la tasa de usura certificada por la superfinanciera y sanción por extemporaneidad para industria y comercio y Reteica equivalente al 5% del impuesto a cargo o valor de la retención por cada mes o fracción de mes de retardo en la presentación, sin perjuicio de la sanción mínima de $126.00

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